Por todo lo anteriormente descrito, se ordena LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto penal, ordenándose el enjuiciamiento del ciudadano JESUS MANUEL ESTABA ZACARIAS, Venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 22-08-1990, obrero, titular de la cédula de identidad N° 22.924.989, residenciado en El Valle de Pedro González, Calle Palma Cruz, sector La chica, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano Luís Enrique Velásquez Mata (occiso). Y así se declara. Por lo expuesto, este Tribunal emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días, concurran ante el Juez de Juicio al cual se le remitirán las presentes actuaciones. Se instruye al Secretario a los fines de que remita al Tribunal competente de manera inmediata, las correspondientes actuaciones. Cúmplase.