En razón de los anteriores fundamentos, esta Sala de la Corte de Apelaciones en sede Constitucional del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional incoada por el Abogado Isaías Carrera, a favor de los presuntos Agraviados THEODORUS HENRICUS RAS y MARIE LOUISE JOSEPHA representante legal de la Empresa SUNNY SERVICE, C.A, en lo que respecta a la omisión por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, por haberse evidenciado de las actuaciones que efectivamente nunca se libraron boletas de notificaciones a los Quejosos, todo ello, por violación del artículo 49 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de nulidad absoluta de la dec.....