este tribunal:
PRIMERO: Repone la presente causa al estado de nombramiento de un nuevo defensor judicial, toda vez que es evidente la ineficacia de la defensa judicial ejercida por la Abogada en ejercicio ciudadana EMIKA MOLINA KERT, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.190.952, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 87.500, domiciliada en el Edificio Adriático, Apartamento 11-D, tercera etapa, Conjunto Residencial Mediterráneo, Calle Alejandro Hernández, Porlamar, municipio Mariño estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se dejan sin efecto todas las actuaciones posteriores del folio ciento veinticuatro (124) al folio ciento cuarenta y seis (146) del presente expediente Nro. 11-1563, nomenclatura interna de este tribunal, inclusive, quedado a salvo de la consecuencia repositoria del auto del Tribunal admitiendo el escrito de promoción de pruebas en fecha veintidós (22) de octubre de 2012, que riela al folio ciento cuarenta y cinco (145). Y ASI SE DECIDE.-
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