PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa del numeral 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relacionada con el defecto de forma de la demanda, opuestas por el abogado MOISES ANDRADE, defensor judicial de la parte demandada, ciudadano VICTOR CUERO ORTIZ. En consecuencia, se aclara a las partes que deberá procederse como lo impone el numeral 2° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, ciudadano VICTOR CUERO ORTIZ, por haber resultado totalmente vencido en la presente incidencia