Por todo lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Niega la libertad plena, así como la Medida menos gravosa, consistente en una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del acusado: EMERSON ANTONIO JIMENEZ PEREZ, venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, nacido en fecha 24 de diciembre de 1975, de 31 años de edad, casado, de oficio agente de seguridad del aeropuerto Internacional Santiago Mariño, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.224.732, residencia en la Urbanización Villa Rosa, bloque 7, piso 4, apartamento 4-09, Municipio García del estado Nueva Esparta. SEGUNDO: Ratifica la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del acusado: EMERSON ANTONIO JIMENEZ PEREZ, identificado ut supra, de conformidad con los Artículo 2.....