se incurrió en el error de transcripción alegado específicamente en el punto primero de la parte dispositiva de la sentencia, folio 14, línea cuarenta (40), acuerda su corrección, y en tal sentido donde dice: "...PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento del menor RONMEL JOSÉ MARVAL MENDOZA, asentada por ante la Primera autoridad Civil del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, correspondiente al año 1998, bajo el N° 28...", debe leerse: "...PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento del menor RONMEL JOSÉ MARVAL RODRIGUEZ, asentada por ante la Primera autoridad Civil del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, correspondiente al año 1998, bajo el N° 28..."(Resaltado del Tribunal).
Téngase el presente auto como parte integrante del fallo dictado por este Juzgado en fecha 07-01-2008.