Esta Jueza del Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos Julio Cesar Gómez Gómez y Juana Evangelista Jiménez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-10.198.465 y V-11.856.716 respectivamente, asistidos por la Abogado en ejercicio Gladis García, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 221.460, conforme a la interpretación Constitucionalizante realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 02 de junio de 2015 del articulo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 16-04-1997 ante el Juzgado del Municipio .....