En consecuencia este Tribunal cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Circunscripción Judicial del estado bolivariano de Nueva Esparta, en uso de sus atribuciones en base a lo previsto en los Parágrafos Primero literal i y Segundo del Artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en los Artículos 393 y 8 de la Ley Especial, Decreta Medida de Autorización Judicial Para Viajar fuera del País, específicamente a Italia al adolescente: se omiten datos conforme al articulo 65 de la Lopnna. Por lo aquí expuesto, el adolescente antes identificado viajara solo a Italia, bajo el siguiente itinerario: Desde Maiquetía el día Sábado 05 de Noviembre de 2016, a las 7:00pm en la aerolínea TAP AIR PORTUGAL , vuelo 174 con destino Lisboa, con conexión el día 06 de noviembre de 2016 en la misma aerolínea TAP AIR PORTUGAL, vuelo 866, hora 8:20 am, con destino Venecia, Italia, exp.....