Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA RECONVENCIÓN, incoada por la ciudadana, MARIA SALOME CRESPO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad N° V-9.456.072, debidamente asistida por las abogadas NELSA RADA LOPEZ y EUCLADYS CAMEJO RODRIGUEZ, inscritas en el inpreabogado bajo los Nos. 167.525 y 161.384, respectivamente, en contra del ciudadano, LUIS RIBERA CABRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.304.830. Debidamente asistido por el abogado JHON CUETO RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 104.959, con fundamento en la causal tercera establecida en el artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por el ciudadano, LUIS RIBERA C.....