En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial  Penal del Estado Nueva Esparta ADMINISTRANDO JUSTICIA,  EN NOMBRE DE  LA  REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia Condenatoria de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a darle  contenido a la sanción  impuesta al adolescente de marras de conformidad con lo dispuesto en el artículo 643 "ejusdem", en los siguientes Términos: UNICO:  Impone a la adolescente la sanción  de Imposición de Reglas de Conducta, consistente en estudio y o trabajar, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución, constancia de estudio y o trabajo, cada tres (03) meses que acredite el cumplimiento de la sanción por el lapso de NUEVE (09) MESES de conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del a.....