ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS PRIMERO: Se Declara CULPABLE al ciudadano RAFAEL ANGEL MILLAN, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 17-08-1982, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.418.967, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Cauchero, domiciliado en la Primera Calle, casa S/N, del sector Cerro Colorado, cerca del Club los Guaya Guaya, Porlamar Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 Ord. 3° y 4° del Código Penal, y se le CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS PRISION, mas las accesorias de Ley. SEGUNDO: Este tribunal admite las pruebas ofre.....