En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar sus condiciones como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RAIMUNDO RAFAEL VERDE ROJAS, a los ciudadanos MARIA TERESA ALDANA de VERDE, ROSA LOURDES VERDE ALDANA, MARÍA TERESA VERDE ALDANA, RAIMUNDO RAFAEL VERDE ALDANA, JAIME JOSÉ VERDE ALDANA, NORA LEONOR VERDE ALDANA, CARMEN JOSEFINA VERDE ALDANA y FRANCISCO ANTONIO VERDE ALDANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-3.487.740, V-5.220.322, V-5.220.321, V-5.537.437, V-5.307.308, V-8.396.977, V-6.973.143 y V-10.203.838, respectivamente, domiciliadas la segunda y la tercera en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital y la primera y los últimos en la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño de este estado, en su condición de esposa e hijos del finado antes mencionado.-