Conforme a los razonamientos tanto de hecho como derecho previamente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1 de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: Este Tribunal de conformidad con lo pautado en el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, declara culpable a los ciudadanos REIZON RAMÓN FARIAS SUCRE, Venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 26-12-1986, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u Oficio Electricista, titular de la cedula de Identidad Nº V- 18.401.948 residenciado en la Calle Sucre, Sector Alí Primera, Casa Nº 836, Sector el Piache, Municipio García, estado Nueva Esparta, JOSE RAMON AGUILERA, Venezolano, natural de Río Caribe, estado Sucre, nacido en fecha 07-11-1968, de 40 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u Oficio Pescador, titular de la .....