Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley decreta la Suspensión Condicional del Proceso a favor del imputado JAIME ANTONIO RICO, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V- 14.659.022, nacido en fecha 05-07-84, residenciado en calle Virgen del Valle, casa S/N, cerca de la Bodega del Sr. Ronny, Achipano II, Municipio Mariño, imponiéndole un régimen de prueba por un período de Un (01) año, sometido a las siguientes condiciones: a) Residir en un lugar determinado. b) No portar ni poseer armas. c) Permanecer en un trabajo o empleo determinado. d) Prohibición expresa de acercarse a la victima, ciudadana BRICEIDA BEATRIZ GARCIA GARCIA. e) Presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, todo de conformidad con lo establecido en .....