En virtud de la incomparecencia de la demandante, Ciudadana ANDREINA TRUJILLO mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.897.831 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, se declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana ANDREINA TRUJILLO mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.897.831 contra el ciudadano JOSE MACHADO sin identificación, y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.