ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus RAFAEL SALCEDO ZAMBRANO, a los ciudadanos CARMEN RAFAELA JIMENEZ DE SALCEDO, JENNY AURORA SALCEDO MIJARES, YELITZA MARGARITA SALCEDO MIJARES, DOUGLAS RAFAEL SALCEDO HERRERA, RONALD DAVID SALCEDO HERERRA, ESKEYBIN MABEL SALCEDO NUÑEZ, LINDA AMIBEL SALCEDO, YAISON RAFAEL SALCEDO JIMENEZ y YERAL RAFAEL SALCEDO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad nros. V- 5.977.768, V- 6.693.712, V-6.693.693, V- 11.032.436, V- 15.328.694, V- 16.542.123, V- 11.032, 436, V-23.182.102, V- 24.598.190, respectivamente, la primera en su condición de cónyuge y los siguientes, en su condición de hijos del decujus antes mencionado.-
De conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos del decujus no hayan sido incluidos como tal en la presente solicitud y asimismo, se le advierte que la present.....