Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA LA DECISIÓN DICTADA por el Juzgado Cuarto de Control Circunscripcional, de fecha 21 de agosto de 2009, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano JAIRO JOSÉ SALAZAR, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, descritos y reprimidos en los artículos 458 y 218, respectivamente, del Código Penal.
Se declara sin lugar el recurso interpuesto.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Bájese el asunto en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción judicial del Estado nueva Esparta, a los cuatro (04) dí.....