este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DE OFICIO su INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO para seguir conociendo la presente demanda por CALIFICACION DE DESPIDO incoada por el ciudadano NICOLA JOSÉ GARCÍA LEÓN, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.669.846, contra la empresa ATLÁNTICA DE NAVEGACIÓN, C.A. (ADN); en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO en los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de que conozcan del presente asunto. SEGUNDO: Con fundamento a lo preceptuado en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, déjese transcurrir el lapso previsto en la precitada.....