Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano ALCIDES RAFAEL VALDIVIESO GIL contra la empresa ANTILLANA 92.9, C.A., por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a la demandada, al pago de la cantidad de Bs. 8.465.549,96 por los conceptos que fueron discriminados en el cuerpo de la presente decisión.
Este Juzgado ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con el Artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a fin de determinar y cuantificar el monto de intereses de mora desde la fecha de finalización de la relación laboral hasta la definitiva cancelación de las prestaciones sociales, de igual manera calcular la corrección monetaria de las cantidades adeudadas desde la fecha del decreto de ejecución hasta su total y definitiva .....