SEGUNDO: Así Mismo, se Admiten Totalmente las Pruebas Ofrecidas Por la Fiscala Del Ministerio Público, Las Cuales Son: Declaración de la ciudadana NELLY GONZALEZ PEROZA, declaración de la ciudadana NELLY ROSSANA PEROZA, declaración del ciudadano JAIME ALBERTO LINARES RINCON, declaración de la adolescente ESTRELLA NELLYANT ISTURIZ, declaración de los Funcionarios Policiales VICTOR AVENDAÑO y ENMANUEL VICENT, quienes realizaron y suscribieron Acta Policial de fecha 30/08/10, declaración del Medico Forense Dra. ODALIS PENOT, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística, quien realizo y suscribió Reconocimiento Medico Legal Nº 953 de fecha 30/08/10, quienes tienen conocimiento de los hechos. TERCERO: se inadmite las pruebas ofrecidas por la defensa privada de conformidad con el articulo 328 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: en relación a la solicitud de la Fiscala, este Tribunal acuerda dicha solicitud y acuerd.....