"...EL PADRE EJERCERÁ LA CUSTODIA DE LA NIÑA "...IDENTIDAD OMITIDA...", y la madre disfrutará de un Régimen de Convivencia Familiar, los días martes, miércoles y viernes de cada semana, para lo cual el padre se compromete a llevar a la niña hasta el hogar materno al salir del colegio, de 2:00pm hasta las 7:00pm. Así mismo, la madre compartirá con su hija los días de la madre, del niño, y el día de cumpleaños de la niña será compartidos por ambos padres en el colegio o lugar donde se escoja. Igualmente, la madre podrá compartir con su hija siempre que tenga disponibilidad y condiciones en su hogar, previa notificación con el padre. En cuanto a las VACACIONES DE CARNAVALES, SEMANA SANTA, AGOSTO, SEPTIEMBRE Y DICIEMBRE, la madre compartirá con la niña de Lunes a Jueves (pernoctando en el hogar materno), el 24 de diciembre compartirá con el padre y el 31 del mismo mes con la madre. En cuanto a LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, el padre se compromete a incorporar a la madre en las decisiones .....