es por lo que esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, Primero: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial incoada por la ciudadana PIERANGELI DEL CARMEN LAREZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.336.285, debidamente asistida por el abogado Diógenes Carreño Rodríguez, Defensor Publico Tercero de esta Circunscripción Judicial, en beneficio del niño (OMITIDO CONFORME A LA LEY), de cuatro (04) años de edad. Segundo: Autorizar a la ciudadana PIERANGELI DEL CARMEN LAREZ RODRÍGUEZ, antes identificada, para que en nombre y representación del niño (OMITIDO CONFORME A LA LEY), acuda ante la Empresa Lagu.....