en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declara PRIMERO: Con lugar la solicitud incoada por la Abg. Angélica Pérez, Fiscal VIII del Ministerio Público por requerimiento de la ciudadana PAZ VICTORIA MAULEN, mayor de edad, titular del pasaporte Nro. E-16.124.871-1, en beneficio del niño OMITIDO CONFORME A LA LEY, de dos (2) años de edad. SEGUNDO: AUTORIZA a la ciudadana PAZ VICTORIA MAULEN, plenamente identificada para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte del niño OMITIDO CONFORME A LA LEY, de dos (02) años de edad. LA PRESENTE NO AUTORIZA VIAJE. TERCERO: Certifíquese copias de las presentes actuaciones y entréguese a la solicitante.