En mérito a todos los elementos de hecho y de derecho antes explanados, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PERECIDO el presente recurso de apelación interpuesto por la ciudadana VANESSA CAROLINA SANCHEZ GALICKI, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.725.251, debidamente asistida por el abogado Anastasio Rafael Rivero Ortega, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.008, contra la decisión dictada en fecha 26 de septiembre de dos mil catorce (2014), por la Jueza del Tribunal Segundo (2do) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Dada, firmada y sellada en este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de.....