CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO interpuesta por CESAR AUGUSTO LACAU CISNERO y ZULAI MAYA RIOS DE LACAU, a través de su apoderado judicial Dr. LUIS TENEUD FIGUERA contra MARIA FERNANDA SOSA MATA, todos plenamente identificados autos. En consecuencia, se condena a la demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Se ordena a la demandada MARIA FERNANDA SOSA MATA, entregar totalmente desocupado de personas y cosas, el inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nro. F-46, ubicado en el Tercer piso del Edificio "F" del Conjunto Residencias Aguamarina Suites, Segunda Etapa, situado en el sector Paraíso (Vicuare), Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, objeto de la presenta demanda, en el mismo estado en que lo recibió.-----------------
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en juicio