El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que la solicitante alega, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana XIORELYS JOSEFINA SALAZAR RADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.690.448, sobre un apartamento con las siguientes características: paredes de bloque de arcilla totalmente frisado, piso de losa de caico, techo de machimbrado, ocho (08) ventanas, una (1) puerta principal con protector de seguridad y dos (2) salas de baño, una (1) cocina, sala-comedor y un (1) lavandero, ubicado en el Caserío Gómez (El Espinal), Jurisdicción del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta.