Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR, LA DEMANDA de cobro de bolívares por el procedimiento de intimación convertido en ordinario intentado por REPRESENTACIONES M.Y C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta bajo el nro 6 Tomo 35 ¿A, en fecha 30 de Julio de 2.008, inscrita en el Registro Información Fiscal bajo el Nro J29631663-5, en contra de la sociedad mercantil HOTEL BELLA VISTA C.A
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada HOTEL BELLA VISTA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta baj.....