En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la solicitud de separación de cuerpos incoada por los ciudadanos RAFAEL AUGUSTO NARVAEZ DIAZ e IVANA COROMOTO BLANCO BELLO, suficientemente identificados en la narrativa de este fallo, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil que ambos celebraron por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Matasiete del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, en fecha 23 de Julio de 2.005, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dado, firmado y sellado e.....