PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSE VICENTE SANTANA, en su carácter de apoderado judicial de los terceros intervinientes, ciudadanos ANTONIO OLIVERI y MARIA ELISA GOMEZ PEREZ DE OLIVERI, en contra del auto dictado en fecha 06.05.2003 por el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Confirmado en todas y cada una de sus partes el auto dictado en fecha 06.05.2003 por el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al apelante en virtud de haber sido totalmente vencido en esta incidencia.