IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES interpuesta por el abogado FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra del ciudadano ANIBAL JOSÉ MUJICA VELIZ, ya identificados. En consecuencia, se dispone que en virtud del contenido del acuerdo transaccional celebrado en fecha 29.11.2012, cursante a los folios 83 al 86, la parte accionada deberá pagar la suma adeudada conforme a los lineamientos pactados en el mismo.