..por todo lo antes expuesto que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano del estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, deja sin efecto el auto dictado por este Tribunal en fecha 15.03.2019 (F 339), así como el auto dictado en fecha 03.05.2019 (F 2), y en consecuencia se ordena la ejecución forzosa del fallo dictado en fecha 14.08.2018 (F 241-275), solicitada por el Apoderado Judicial de la parte actora mediante diligencia de fecha 30.04.2019 (F 340), la cual se procesará por auto aparte. ASI SE DECLARA.