En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Juez Unipersonal Nro. 01 Temporal de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio propuesta por los ciudadanos: CESAR JESÚS BRITO BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-2.129.828 y CRUZ CARMEN NAAR DE BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.486.886, asistidos por la Abg. Carmen Cueto, Inpreabogado No. 50.528, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil Declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA.-
Comunidad Conyugal: Liquídese la comunidad conyugal.- Así se Decide.-
Publíquese, Regístrese la presente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellad.....