En base a lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de de responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la Fiscalía VII Del Ministerio Público, y en consecuencia hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo previsto en el articulo 300 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 49 numeral 8° ejusdem y atendiendo lo establecido en el articulo 108 del Código Penal y artículo 615 de la Ley Orgánica para al Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a favor de adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto sen el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de DILISVER JOSE SUBERO DONI. Regístrese. Notifíquese a las partes. Ofí.....