Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER EL REPOSO DOMICILIARIO AL ACUSADO ADOLFO LUIS GONZALEZ SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.840.684, y deberá cumplirlo en la siguiente dirección: CALLE PLATANAL, SECTOR ACHIPANO 2; CASA S/N, MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, por un lapso de treinta (30) DIAS, contados a partir del VEINTITRES (23) DE MAYO DE DOS MIL ONCE (2011), por lo que el mencionado reposo domiciliario vence el día VEINTITRES (23) DE JUNIO DE DOS MIL ONCE (2011), debiendo ser trasladado a la sede del Internado Judicial de la Región Insular, al día siguiente de su vencimiento, salvo que su estado de salud amerite un nuevo reposo, previamente sugerido por el médico tratante y ratificado por la medicatura forense. Todo de conformidad con lo establecido en el ar.....