Decisión
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda otorgar a los imputados una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentación cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo y prohibición de acercarse de la víctima de conformidad con el artículo 256 numerales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos, 8, 9 y 243 ejusdem. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado a los dieciocho (18) días del mes de junio de 2003; años 193° de la Independencia y 144° de la Federación
El Juez de Control N° 03
ROMAN REYES VASQUEZ
Juez Suplente Especial
La Secretaria
FRANCIS QUINTANA
Causa N° C3-2722