IV DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadanos LENIN WLADIMIR MARVAL y LICEICA HARRIS DE MARVAL contra la sentencia dictada el 02-06-2011 por el Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda propuesta por el ciudadano SILVERIO LARROTA ROJAS, contra los ciudadanos LENIN WLADIMIR MARVAL y LICEICA HARRIS DE MARVAL, todos identificados a los autos, por imperio del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no cumple con los presupuestos procesales del procedimiento especial monitorio y consecuentemente, se revoca la sentencia apelada del 02-06-2011, el decreto de intimación emitido en f.....