Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano JUAN PAULO MOLINA MARTINEZ, Defensor Público Séptimo Penal, adscrito a la Defensa Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en representación del ciudadano VICTOR JULIO MERLO, contra la decisión dictada el 3 de Abril de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nro. 1 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad, a favor del mencionado ciudadano, conforme a lo establecido en los artículos 250 , 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada el 3 de Abril de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nro. 1 de este .....