V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana VILMA MARGARITA RODRIGUEZ ROJAS, en contra del ciudadano EDGAR ANTONIO NAVARRO BAEZ, antes identificados, basada exclusivamente en la segunda causal del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se ordena al ciudadano EDGAR ANTONIO NAVARRO BAEZ, hacer entrega a la ciudadana VILMA MARGARITA RODRIGUEZ ROJAS, del bien inmueble constituido por una vivienda, tipo casa, ubicada en la Avenida 31 de Julio, Urbanización Terrazas de Guatamare, casa Nº 3, Guatamare, Municipio García de .....