Sobre la base de los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, concede la Medida Alternativa al Cumplimiento de Condena consistente en LIBERTAD CONDICIONAL, por el resto del quantum de pena a JUAN LUIS RUIZ RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° 13.191.872, residenciado en el sector Villa Juana, calle principal, manzana 04, N° 94-34, verda 07, Municipio Garcia, estado Nueva Esparta, hasta el 20 DE MAYO DE 2009, fecha en la cual cumple la condena impuesta, restando la pena accesoria de sujeción a la vigencia de la autoridad de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Código Penal, por una quinta parte de la condena impuesta una vez que esta culmine, es decir, en fecha 20 DE MAYO DE 2010. Todo de conformidad con el artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal, lapso durante el cual, deberá cumpl.....