DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, Declara: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano JAVIER ENRIQUE CAMPO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nros. V- 10.443.271 a favor de su hija identidad omitida. SEGUNDO: Se autoriza la cesión del bien inmueble propiedad del ciudadano JAVIER ENRIQUE CAMPO, constituido por una casa con área de construcción de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (36M2) ubicada en la avenida N° 2, casa N° 1, de la Urbanización PEDRO LUIS BRICEÑO, San Antonio, Jurisdicción del Municipio García del Estado Nueva Esparta, debidamente inscrito ante el Registro Publico de los Municipios Mariño y García del Estado N.....