"PRIMERO: IMPROCEDENTE la presente demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la Defensa Pública Primera especialista en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de la ciudadana FRANCIA ABUNDIA JACQUELINE HERNANDEZ FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-6.826.496, en contra del ciudadano RAMON ELIAS MIRABAL SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-5.520.390, en virtud, de haber alcanzado el joven "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente" la mayoridad en fecha 25 de Marzo de 2014, contando en la actualidad con dieciocho (18) años de edad, en consecuencia se declara la EXTINCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION; de conformidad con lo establecido en el literal "B" del artículo 383 de la Ley Orgánica par.....