observando que están llenos los extremos de Ley, DECRETA, conforme a lo establecido en el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal en su último aparte, Medida de Embargo Ejecutivo sobre el bien inmueble señalado por la parte actora: distinguido con el número 07-09, ubicado en la planta séptima de la Torre Sur del edificio "Residencias Caribe Suites" antes denominado "Doña Enriqueta", situado con frente a las calles San Rafael y calle Nueva, Sector Llano Adentro de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, el inmueble cuenta con una superficie aproximada de cincuenta y siete metros cuadrados con cuarenta y ocho decímetros cuadrados (57,48 mts2 ) y consta de las siguientes dependencias estar, una (1) habitación, un baño (1) baño, cocina, y balcón, encontrándose alinderado así : NORTE: apartamento N° 07-07; SUR: con apartamento 07-11; ESTE: Fachada Principal del edificio y.....