PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano RICARDO JOSE CARABLLO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.887.089, debidamente asistido por el abogado GERMAN ALFONZO ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.738, en contra del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a cargo del juez NAPOLEÓN NUÑEZ HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo sobrevenido, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, a quien se ordena remitir de manera inmediata el presente expediente en original a los fines de que se pronuncie sobre la admisibilidad de la presente acción de amparo.
PUBLÍQUESE, REG.....