En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Desalojo por Falta de Pago interpuesta por los Abogados JOSÉ VICENTE SANTANA OSUNA y JOSÉ VICENTE SANTANA ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.107.705 y V-10.539.314, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 1.497 y 58.906, respectivamente, de este domicilio, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MARELY JOSEFINA ACUÑA de BASTIDAS y DAVID BASTIDAS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.891.927 y V-6.820.732, respectivamente, contra la ciudadana SIMON GARCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-11.539.740, de este domicilio, por haber dejado de cancelar de forma continua y sin justificación alguna los cánones de arrendamiento correspondientes. En consecuencia, se ordena a la demandada SIMON GARCIA GARCIA, la.....