En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda incoada por el ciudadano NASSER YAMIL TRABIEN, venezolano, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 12.912.371, POR REIVINDICACION contra el ciudadano JULIO ENRIQUE GRANCHELLI ARREAZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 8.851.947. En consecuencia:
PRIMERO: Queda establecido que el actor, ciudadano NASSER YAMIL TRABIEN, ya identificado es el propietario único y exclusivo del inmueble cuya reivindicación demanda constituido por una parcela de terreno ubicada en la avenida Circunvalación Norte con avenida Fajardo, sector Caserío Fajardo de la ciudad de Porlamar del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, con una superficie de cuatrocientos ochenta metros con veintiocho centímetros cuadrados (480,28 mts.2) dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En.....