Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de conformidad con lo previsto en el numeral 2° del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA EL ACUERDO, presentado por el Abogado en ejercicio JESÚS MILANO MONTAÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.627, en su carácter de Apoderado Judicial de la Entidad de Trabajo INVERSIONES CABUKA, C.A., y por la parte demandante ciudadana GLADYS DEL VALLE GONZÁLEZ CARREÑO,
Ahora bien, por cuanto el Desistimiento de la acción tiene sobre la misma efectos preclusivos, extinguiendo de esta manera la pretensión este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN efectuado por la parte actora ciudadana GLADYS DEL VALLE GONZÁLEZ CARREÑO, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la.....