me aboco al conocimiento de la presente causa y tomo conocimiento de los autos, a los fines de proveer lo conducente, con la advertencia que una vez que conste en autos la última de las notificaciones de las partes en el presente juicio, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, y concluido dicho lapso se computarán los tres (3) días de despacho que se les conceden a las partes intervinientes del juicio, a los fines de allanarme si existe inhibición, o recusarme, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y transcurrido los cuales, continuará la causa en el estado en que se encontraba para el momento de su paralización.