Obligación de Manutención: PRIMERO: El padre se comprometerá en pasarle a sus hijos la cantidad de cuatrocientos bolívares semanales (400,00), lo que sumará un total de mil seiscientos bolívares mensuales (Bs. 1.600,00) mensuales, suministrados en viveres SEGUNDO: Igualmente, aportara un bono de fin de año de tres mil bolivares (3.000,00 Bs.) en ropa, calzado y juguetes, así como el 50% de los gastos médicos, ropa calzado, útiles y uniformes escolares, guardería, deporte y recreación, el otro 50% será cancelado por la señora Rojas. En cuanto al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: El padre pasará buscando a sus hijos en casa de la madre, los Domingos a partir de las 8:00 a.m. y los regresará a las 7:00 p.m. en la misma dirección, pudiendo llevarlos a sitios de recreación y esparcimiento. En tal virtud, esta Jueza del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, ADMITE la mis.....