D E C I S I Ó N
Con fuerza en los argumentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por las abogadas MARITERESA DIAZ DIAZ y LORENA GOMEZ GONZALEZ, Fiscales Primera Principal y auxiliar del Ministerio Público del Estado Nueva Esparta, Impugnante de autos, ya que el Vicio de Inmotivación del cual adolece el fallo Impugnado, pues efectivamente la FALTA DE MOTIVACIÓN detectado en el presente fallo, le causa un gravamen irreparable a las apelantes de autos, pues violenta el Principio del Debido Proceso Legal y el Derecho a la Defensa.
SEGUNDO: Se ANULA la decisión apelada, de la Audiencia Oral de Presentación, celebrada por el Tribunal Primero de Primera Instancia, en funciones de Control de Audiencias y Medidas, con C.....