este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones, Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ELENA BEATRIZ GOMEZ DE RODRIGUEZ, a los ciudadanos LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ, MARIEUGENIA RODRIGUEZ GOMEZ, ROSANGEL BEATRIZ RODRIGUEZ GOMEZ, LUIS ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ y FRANCIS DEL VALLE RODRIGUEZ GOMEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 2.167.974, Nº 10.198.272, Nº 12.213.432, Nº 13.425.349 y Nº 15.202.846, respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos de la mencionada finada.
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de los finados,.....